HORARIO RUIDOS EN LA ENTIDAD

Recordamos a los vecinos de la EUC Mirador de Agridulce II que, según la ordenanza reguladora de ruidos y vibraciones de Molina de Segura, dentro de la Sección 2ª » Trabajos en la vía pública que produzcan ruidos», el horario en el que no se pueden realizar trabajos que supongan ruidos será de 22.00 a 08.00 horas.

Por todo ello, a partir de las 08.00 h. en adelante y hasta las 22.00 horas se podrán llevar a cabo las labores ordinarias de mantenimiento, limpieza y jardinería que supongan u ocasionen ruido siempre que no se superen los limites establecidos en dicha normativa.

Igualmente se establecen casos excepcionales a la prohibición de trabajo en horas nocturnas en aquellos casos que las obras sean urgentes y que, por razones de necesidad o peligro, no puedan hacerse de día.